Un Plan Especial condena a muerte el Valle de Ayora (Valencia).
Denunciamos la aprobación de 25 proyectos de plantas fotovoltaicas en este espacio, abarcando parte de las provincias de Valencia y Albacete.
La Asociación Naturalista de Ayora y la Valle (ANAV) y la Coordinadora Valenciana por la Ubicación Racional de las Energías Renovables presentamos una queja ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo y una denuncia a la Comisión Europea por la implantación de 25 plantas fotovoltaicas en la zona de Ayora (provincias de Valencia y de Albacete).
Se trata de 25 proyectos que, aunque se han tramitado de forma independiente, constituyen una unidad geográfica. La fragmentación de estos ha propiciado la no evaluación ambiental ordinaria de algunas plantas fotovoltaicas que han analizado las afecciones ambientales de una forma mucho menos exigente y contraria a la normativa europea; sin que exista una evaluación de las repercusiones que tendría todo el macroproyecto sobre el medioambiente.
Paralelamente se han aprobado los dos instrumentos de aceleración de la implantación de estos proyectos: Declaración de Prioridad Energética del ámbito territorial del suelo no urbanizable común del Valle de Ayora-Cofrentes (DPE), y el Plan Especial de Ordenación de infraestructuras de generación de energía solar fotovoltaica en los municipios de Ayora, Zarra y Jarafuel (PE). Estos dos instrumentos convierten este lugar en zona de sacrificio, facilitando aún más la implantación de polígonos industriales de energías renovables sobre el suelo fértil.
El procedimiento de evaluación de impacto ambiental llevado a cabo para los proyectos fotovoltaicos ha sido insuficiente, sesgado, con una metodología inadecuada, incluso con modificaciones a posteriori. Tanto de los estudios de impacto ambiental presentados por los promotores como las declaraciones de impacto llevadas a cabo por la administración ambiental. De igual modo ha ocurrido con la Evaluación ambiental estratégica en el caso del Plan Especial de los 3 ayuntamientos. Sin participación real y efectiva, en cualquier caso las alegaciones presentadas nunca fueron tomadas en cuenta por el órgano ambiental durante el trámite de evaluación ambiental.
Consideramos que se ha incumplido abundante normativa europea y nacional, fundamentalmente, se incumplen abiertamente las Directivas de Hábitats (92/43/EEC) y de Aves Silvestres (2009/147/EC), así como la Directiva relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente (2011/92/EU).
No existe certeza de que los parques fotovoltaicos no producirán efectos perjudiciales para la integridad de los espacios naturales de la Red Natura 2000 y, sobre todo, no se han estudiado alternativas (que las hay) que eviten las afecciones sobre estos espacios. Incluso, si no hubiera alternativas viables y se pudieran demostrar razones imperiosas (que no las hay) de interés público de primer orden para efectuar los proyectos en cuestión, los proyectos tendrían que incluir la realización de medidas compensatorias que garantizasen la integridad de los espacios afectados incluidos en la Red Natura 2000.
Las zonas elegidas para la implantación son campos de secano en mosaico con vegetación forestal, rodeados por terrenos forestales con diferente grado o instrumento de protección: montes públicos catalogados, Red Natura 2000 (ZECs, ZEPAs, LICs), cuevas catalogadas, hábitats prioritarios, Zonas Húmedas (IBA, ZIM, y dos PRR) que se extienden casi por toda la comarca. Además, entre estos terrenos protegidos se encuentran corredores ecológicos que los unen y no se valora la circunstancia de que los emplazamientos se sitúan en dos de los 12 grandes corredores ecológicos de la Península.
Existen numerosos informes que predicen un grave riesgo a las aves y hábitats del territorio derivados de la presencia de estas centrales fotovoltaicas. También se pretende ocupar numerosas zonas montañosas y con arbolado que tienen protección, como es el caso de montes de utilidad pública. Hay varias especies vulnerables o incluso en peligro de extinción cuya recuperación se ve afectada por los proyectos (águila perdicera, aguilucho cenizo, aves esteparias como la ganga ortega, la avutarda o el sisón). Por otra parte, existen numerosas especies incluidas en el Anexo I de la Directiva Aves afectadas por los proyectos.
Los planes y proyectos planteados y en marcha para la recuperación y conservación de estas especies en peligro de extinción y también vulnerables – así como proyectos de atracción, por la idoneidad del territorio, para el águila imperial ibérica o el lince ibérico – se irán al traste, o quedarán irreversiblemente afectados con la puesta en marcha de estos macroproyectos fotovoltaicos.
La función de estas plantas fotovoltaicas no es producir energía para consumo de estas comarcas, sino producir energía para transportarla con largas líneas de transporte hacia lejanos puntos de consumo.
En algunos municipios más del 50% de las tierras de cultivo de secano serán ocupadas por estas centrales fotovoltaicas, uso que compite y desplaza a las actividades económicas rurales y afecta negativamente a la supervivencia de la fauna, la flora, los acuíferos y el paisaje.
No entendemos que, al tiempo que la UE quiere preservar y proteger el 30% de nuestras zonas terrestres (según la Estrategia de Biodiversidad y la nueva Ley de Restauración de la Naturaleza) se permita que las centrales renovables se sigan instalando en la naturaleza rural virgen en lugar de en zonas ya irreversiblemente alteradas por el ser humano.
Lo más preocupante de este caso que denunciamos es que se trata de una práctica repetida y casi generalizada en la tramitación de las centrales eléctricas de energías renovables en todo el Reino de España; en consecuencia, recurrimos a instancias europeas y a la exposición pública de estas actuaciones que suponen una agresión más a nuestros ecosistemas.